La procuradora recomendó a la Corte Suprema que no habilite a Weretilneck

Viedma.- (APP) Su opinión no es vinculante y la resolución del Tribunal Federal se conocerá el viernes. Entiende que esa postulación “no se ajusta a derecho”.

La Procuración General recomendó a la Corte Suprema que no habilite al gobernador Alberto Weretilneck cuando resuelva el viernes en los expedientes del FpV y de Cambiemos que requieren su exclusión de la elección del 7 de abril.

En dos escritos distintos, la Procuradora, Laura Monti propuso la revocatoria de la habilitación del Superior Tribunal de Justicia de la postulación del primer mandatario.

Esta propuesta fiscal no es vinculante. La semana pasada, la Corte desoyó el dictamen de Monti en favor de la incompetencia y, en cambio, el tribunal aceptó ocuparse del conflicto rionegrino, que tendrá su resolución del próximo viernes.

El análisis del fondo se concentra en el expediente de Cambiemos mientras en el dictamen del FpV se remite a los mismos fundamentos. Su rechazo a la candidatura de Weretilneck responde a “que no resulta ajustada a derecho”, pues “vulnera el principio republicano de gobierno” ya que “tergiversa la recta inteligencia de la referida norma constitucional local”.

En líneas generales, la Procuradora se remite al fallo de la Corte en el expediente de la reelección de Gerardo Zamora en el 2013, recordando que el tribunal recordó que “una de sus más importantes misiones consiste en interpretar la Constitución Nacional de modo que el ejercicio de la autoridad nacional y provincial se -desenvuelvan armoniosamente, evitando interferencias o roces susceptibles de acrecentar los poderes del gobierno central en detrimento provinciales y viceversa”.

En su análisis, Monti cuestiona el análisis del STJ del artículo 175 de la Constitución de Río Negro en referencia a la alternancia en el cargo de vice y gobernador.

Así, la Procuradora resalta que “podría darse el caso, según la interpretación del STJ, de que una misma persona alterne, en sucesivos períodos de gobierno, los cargos de vicegobernador y gobernador (o viceversa) acompañado de distintas personas para desempeñar el restante, de modo que siempre sería electo en cada cargo con un período de intervalo respecto de la anterior ocasión en que ocupó ese mismo cargo”. Se pregunta si el “constituyente provincial pudo haber tenido la intención de permitir tales posibilidades de ser electo más de dos veces en los cargos de gobernador o de vicegobernador”.

Luego, reafirma que la Corte Suprema “ha sostenido que la primera fuente de interpretación de las leyes es su letra” pero agrega que “su comprensión no se agota con la remisión a su texto, sino que debe indagarse” en la “intención del legislador, computando la totalidad de sus preceptos de manera que armonicen con el ordenamiento jurídico restante y con los principios y garantías de la Constitución Nacional”.

Se incorporó a dichos de convencionales y, puntualmente, de Emilio Carosio en referencia a los proyectos “compatibilizados en la Comisión, hasta llegar a la fórmula” del 175 que “admite la reelección por una sola vez”. Según el criterio de la Corte, las comisiones parlamentarias -agrega- “estudian minuciosa y detenidamente en su fondo y forma los asuntos que despachan” y “constituyen una fuente legitima de interpretación”. Entendió que así se “desprende una única posibilidad de reelección inmediata”, “indistintamente para las personas que estuvieran ocupando los cargos de gobernador o de vicegobernador en un determinado período”.

Más adelante, la Procuradora remarca que “a quienes se refiere el artículo 175 como susceptibles de ser reelectas por un nuevo período y por una sola vez, es a las personas (los funcionarios)” “elegidos para los cargos de gobernador o de vicegobernador”. Deriva que “si cualquiera de esas personas fue reelecta (volvió a ser elegida) como gobernador o como vicegobernador, no puede ser elegida “para ninguno de ambos cargos sino con un período de intervalo”.

 

Fuente: Adrián Pecollo, diario Río Negrohttps://www.rionegro.com.ar/la-procuradora-recomendo-a-la-corte-suprema-que-no-habilite-a-weretilneck-929384/