Viedma.- (APP) El Legislador Mario Ernesto Sabbatella advierte sobre las condiciones del endeudamiento del Plan Castello. Expresó que “el gobernador de Río Negro seduce a los intendentes con la promesa de la obra pública, pero no se explica que la Deuda es con acreedores externos, en dólares, aún no están pactados los intereses, y que la jurisdicción del tribunal que arbitraría en caso de conflicto aún no está fijado. ¿Qué sucede si nos toca Griesa?” – se pregunta el legislador. Además las Tierras Fiscales corren riesgo de interpretarse como garantía para la deuda.
El Legislador por el FpV Río Negro acercó a la Prensa una explicación profunda sobre lo que él considera riesgoso del endeudamiento que requiere el Plan Castello, presentado por Alberto Weretilneck.
El legislador explicó que “deseo aclarar que en esta redacción trato de llevar el lenguaje de manera entendible para todo el público lector, si me quedo en tecnicismos jurídicos puede ser que mucha gente no comprenda el sentido”.
“Ante todo hay dos cosas que estamos metiendo en una misma bolsa y deben ser analizamos por separado: por un lado el Plan Castello en sí, es un plan de obras públicas, sobre ese tema ya expuse públicamente lo que pienso y creo que debería darse de baja el Plan y armar algo mas integral y participativo con todos los sectores, sobre todo con un orden de prioridad. Pero por otro lado el Plan Castello demanda para su ejecución entrar en una deuda millonaria para la Provincia, y de las condiciones de esa deuda se viene hablando poco” – nos explica el Legislador.
“El Gobernador necesita de la autorización del cuerpo de legisladores para contraer esa deuda, a mi entender, no podemos los legisladores dar nuestra aprobación con información insuficiente, no podemos autorizar al gobernador a entrar en una deuda de la cuál desconocemos por ejemplo la tasa de interés, si será fija o móvil. Me preocupa que por el tipo de deuda con un ente extranjero, no sabemos dónde caerá la jurisdicción en caso de conflictos. Si la deuda es con un ente nacional, el Juez que mediaría en caso de conflicto sería argentino, de un Tribunal argentino, bajo nuestras leyes. Pero al ser extranjero, el Tribunal puede ser de cualquier país, y no solo eso sino que estamos hablando de un Tribunal ordinario, privado, al cual la Constitución Argentina no le importa, es más: ni siquiera la conocen. En estos casos no hay que especular, sabemos que de haber un conflicto este tipo de Tribunales Privados favorecen al acreedor siempre en perjuicio de los Estados, porque se rigen por el derecho privado, no por el público.”
La preocupación no es menor, cuando además se advierte que las garantías del endeudamiento, corresponden a los fondos, coparticipación, regalías y activos de la Provincia de Río Negro. Textualmente dice “todo tipo de activos o flujos de que disponga el poder provincial”
Es decir que frente a una posible situación de “no pago”, el Juez – un juez de estos tribunales privados de cualquier jurisdicción, puede ser de Inglaterra, España, Uruguay o el mismísimo Griesa – puede tomar la decisión de ejecutar por ejemplo Tierras Fiscales, bienes de empresas del Estado, recursos hidroeléctricos, petroleros, a favor del acreedor.
